SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2019-S2

Fecha: 10-May-2019

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado del accionante, ratificó in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar, resaltando que el acto ilegal impugnado en la acción de defensa, es el Auto de Vista 307/2018, que declaró inadmisible el recurso de apelación formulado por su defendido contra el Auto Interlocutorio de 5 de marzo de 2018, que dejó a su vez sin lugar la providencia de 4 de julio de 2017, que otorgó el plazo de diez días a las partes, en el proceso de división y partición de bienes de autos, a fin de acreditar la condición de los bienes (gananciales o propios) o su titularidad. En ese marco, destaca que, no obstante que el Auto de Vista establece la inadmisibilidad del recurso de apelación por ausencia de agravios y porque supuestamente fue presentado fuera de plazo; incurre en una fundamentación arbitraria e irrazonable, al ingresar en su contenido, al fondo del asunto; no existiendo coherencia por ende, entre la parte dispositiva y la considerativa del fallo; menos se explica por qué se consideró que su interposición fue extemporánea. Por lo que, reiteró su pedido de dejar sin efecto el Auto de Vista cuestionado, y en ese sentido, mantener incólume la providencia de 4 de julio de 2017.