SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0236/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0236/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

Fragmento 17

De lo expresado, se puede concluir que la pretensión de fondo del peticionante de tutela; es que, el Tribunal Constitucional Plurinacional ingrese a revisar toda la actividad procesal realizada no solo por los Vocales, sino también de la Jueza  ahora demandados, como si esta jurisdicción fuese una instancia de impugnación adicional o casacional de la jurisdicción ordinaria; además de que, se proceda a la revisión y nueva valoración probatoria de los actos relacionados con diferentes diligencias de notificación y aquellas documentales que supuestamente establecerían los errores o defectos de dichos actuados, efectuando una labor que ya fue desplegada por las autoridades de primera y segunda instancia, implicando una revisión de todo el legajo judicial como si la acción de amparo constitucional fuese una instancia más de impugnación dentro del proceso civil de referencia, desnaturalizando el objeto de este medio de defensa constitucional tutelar; por consiguiente, al no concurrir en la demanda tutelar los extremos jurídico constitucionales, que señala la jurisprudencia contenida en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, corresponde denegar la tutela impetrada sin ingresar al análisis de fondo de las problemáticas planteadas.