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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S2

    Fecha: 21-May-2019

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    Los accionantes a través de su representante denuncian que las autoridades codemandadas -Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental y el Director del SEDES ambos de Cochabamba, se muestran renuentes al cumplimiento de los  DDSS 2748, 3161 y 3544, normativa a través de la cual fue aprobado un porcentaje del incremento salarial de 2016, 2017 y 2018.  

    • acción de cumplimiento
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • Fragmento 8
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre la acción de cumplimiento y su alcance
    • En tal sentido, uno de los mecanismos diseñados y adoptados por el constituyente boliviano en el texto constitucional, son las acciones de defensa, entre las que se contempla la acción de cumplimiento.
    • ‘La Acción de Cumplimiento procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos, con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida’.
    • Tiene como objeto -conforme se verá- garantizar el cumplimiento de la Constitución Política del Estado y la ley; en tal sentido, protege los principios de legalidad, supremacía constitucional y seguridad jurídica
    • Fragmento 16
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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