Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0260/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
III.2. Sobre la incorporación de los trabajadores de los gobiernos autónomos municipales de capitales de departamento al ámbito de protección de la Ley General del Trabajo
Mediante Ley 321 promulgada el 20 de diciembre de 2012, se dispuso incorporar a la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y trabajadores municipales que realizan tareas manuales y técnicas en los gobiernos autónomos municipales de capitales de departamento, exceptuando a los servidores públicos que ejercen cargos superiores, así como asesores y profesionales. En ese entendido, dicha disposición legal establece lo siguiente:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al trabajo y el marco normativo del derecho a la estabilidad laboral
- Fragmento 11
- No se pondrá término a la relación de trabajo de un trabajador a menos que exista para ello una causa justificada relacionada con su capacidad o su conducta o basada en las necesidades de funcionamiento de la empresa, establecimiento o servicio
- III.2. Sobre la incorporación de los trabajadores de los gobiernos autónomos municipales de capitales de departamento al ámbito de protección de la Ley General del Trabajo
- I.
- 5.
- III.3. Subreglas jurisprudenciales respecto al incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- III.4. Análisis del caso concreto
- el pago de salarios, no puede operativizarse a través de ésta justicia constitucional, ya que deberán ser la propias autoridades administrativas y/o judiciales que determinen en qué medida corresponden dichos pagos
- CONFIRMAR en parte