Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2019-S2
Fecha: 24-May-2019
II.1.
II.1. Mediante Circulares Internas FD/GMO 253/2017 (fs. 12 y vta.) y FD/GMO 283/2017 de 5 y 23 de octubre (fs. 26 y vta.), respectivamente, el Fiscal Departamental de Tarija, instruyó a todos los Fiscales de Materia hasta el 25 ampliado al 30 de octubre de 2017, informar sobre el estado actual de cada caso, subsanar y regularizar las actividades en el sistema “i4”, en los casos con plazo vencido, emitir la resolución conclusiva y registrar en el sistema; y, resolver los casos iniciados hasta el 31 de diciembre de 2016.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1.1.2. Derechos supuestamente vulnerado
- 1)
- i)
- concedió la tutela en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.11.
- II.14.
- III.
- III.1.
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- III.2. El principio de congruencia en el derecho administrativo sancionador
- sin modificar los hechos contenidos en la acusación, puede emitir sentencia por una calificación jurídica distinta a la propuesta en la acusación; con la advertencia de que sólo será conforme a derecho, si el juez o tribunal llena la exigencia de plantear la tesis a las partes
- III.3.
- dimensión material
- III.4. Revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- a) Respecto a la falta de precisión del daño a la institución
- b) Con relación a la negativa de producir prueba
- c) Sobre la falta de congruencia entre los hechos acusados y los motivos sancionados
- d) En relación a la errónea interpretación del art. 82 del Código Procesal Constitucional
- e) Sobre la interpretación del alcance legal de los instructivos generales y particulares
- f) Respecto a la indebida fundamentación sobre la falta de legitimidad pasiva y suspensión temporal de funciones
- g) Sobre la falta de motivación y fundamentación por la omisión de señalar la norma legal que reconoce personería como sujeto procesal al Fiscal Departamental
- h) En relación a la incongruencia omisiva del Fiscal General del Estado sobre el dolo eventual
- i) En cuanto a la infracción al debido proceso por falta de valoración integral de la prueba referente al incumplimiento de la Circular 253/2017
- j) Sobre la infracción al debido proceso por defectuosa valoración de los medios probatorios
- k) En cuanto a que la sanción se basó en suposiciones sin respaldo probatorio
- conceder en parte
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Libertad del juez para variar la tipificación
- Prohibición para cambiar la tipificación
- Desvinculación condicionada.
- Fragmento 42
- derecho a la defensa
- congruencia
- acusación