Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
II.2.
II.2. Por Auto 442 de 9 de agosto de 2016, emitido en ejecución de Sentencia del Proceso de Liquidación del Banco Sur S.A., la Jueza Pública Civil y Comercial Octava del departamento de Santa Cruz, ordenó el pago y cancelación inmediata y sin mayores dilaciones a los acreedores extraconcursales y concursales, bajo el criterio de que por lo previsto en el DS 23881, se autoriza al BCB, para otorgar recursos económicos en su calidad de extracontractual y subrogatorio legal, quien debe proceder a realizar el pago a los acreedores concursales (fs. 47 a 50).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- III.
- III.1.
- la devolución de los depósitos en cuenta de ahorro para la vivienda, en cuenta corriente bancaria y los depósitos a la vista y a plazo de los ahorristas y depositantes de entidades financieras en liquidación, subrogándose los derechos de aquéllos en la prelación de los pagos
- 2
- 3)
- i)
- c)
- CONFIRMAR