SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2019-S1
Fecha: 28-May-2019
a)
La accionante, a través de sus abogados, en audiencia ratificó el tenor de su acción de defensa y ampliándola señaló que: a) La Resolución de expulsión 2 de abril de 2018, carece de fundamentación, no se basa en ninguna prueba y vulnera el principio de razonabilidad al no haber considerado que es una persona de la tercera edad; b) Los demandados reconocieron que la expulsión se asienta en criterios subjetivos en sentido de que, hubiera realizado actos de hechicería, y contradictoriamente sostienen que no ejecutaron la expulsión; empero, se debe considerar que dicha Resolución sigue vigente y por ello la lesión a sus derechos es latente; c) Se adjuntó a la acción de amparo constitucional, dos precedentes que contienen los estándares más altos de protección a las personas de la tercera edad, que solicita sean aplicados al presente caso; y, d) Aparte de esta acción tutelar, se han planteado dos procesos penales en contra de Máximo Urquizo Quevedo y Julio Vargas, con FIS 1801387, por la presunta comisión de los delitos de tentativa de homicidio y robo agravado, y FIS 17049928 por allanamiento de domicilio y sus dependencias y daño temido.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, al tratarse de derechos de personas adultas mayores o de la tercera edad
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- adultas de la tercera edad.
- III.2. Sobre el deber de
- en ese ámbito ésta jurisdicción debe considerar que en los casos que se le presentan sobre aparentes lesiones al debido proceso en la tramitación de un proceso sometido a la jurisdicción indígena originario campesino, deberá incidir esencialmente en analizar si la persona ha podido asumir defensa en el proceso y si la sanción que se le ha impuesto no afecta sus derechos a la vida, a la dignidad y a la integridad física
- Fragmento 16
- las
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.5. Análisis del caso concreto
- debido proceso y derecho a la defensa
- propiedad
- igualdad y no discriminación
- CONFIRMAR en parte
- 3°