SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2019-S4

Fecha: 29-May-2019

III.2.  Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal

Al respecto, la SCP 0744/2015-S3 de 29 de junio, señaló que: “La sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, deviene por la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron su activación; porque la violación o amenaza de violación del derecho cesó; y consecuentemente el hecho denunciado, ha dejado de vulnerar las garantías o derechos constitucionales; debido al cumplimiento del acto reclamado; con su consecuente restitución.

Asimismo, el objeto procesal constituye el elemento sustancial a resolver por la jurisdicción constitucional; en tal sentido ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, en acción de libertad; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente; por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba; se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión, correspondiendo la sustracción del mismo; toda vez que la eventual concesión de la tutela, se tornaría en ineficaz e innecesaria”.