VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0287/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0287/2019-S2

Fecha: 24-May-2019

CONFIRMAR en parte

En consecuencia, la SCP 0287/2019-S2 debió CONFIRMAR en parte la Resolución 07/2018 de 30 de octubre, emitida por el Tribunal de garantías; y en consecuencia: CONCEDER la tutela solicitada respecto a la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación motivación y congruencia, a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la igualdad; así como los principios de interés superior del niño y legalidad; y, DENEGAR con relación a su derecho a la no discriminación; sobre la base de los siguientes fundamentos jurídicos y términos dispositivos de esta Disidencia.

Asimismo, cabe aclarar que el expediente 26316-2018-53-AAC, correspondiente a la SCP 0287/2019-S2, que motiva esta Disidencia, fue inicialmente sorteado a mi despacho, en consecuencia, elaboré el proyecto de Sentencia Constitucional Plurinacional; empero, el Magistrado Carlos Alberto Calderón Medrano manifestó su desacuerdo con el mismo y formuló uno alterno, que fue apoyado por el Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional -Petronilo Flores Condori-; motivo por el cual, realizo el presente Voto Disidente: