VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0287/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0287/2019-S2

Fecha: 24-May-2019

Fragmento 20

Empero, resultaba razonable que en su condición de sujeto procesal, como consecuencia de dicha denuncia, tengan conocimiento del contenido de los hechos que se le sindica antes de pronunciarse el Auto Interlocutorio 564/2018; así otorgarle la posibilidad de acudir ante esta autoridad jurisdiccional, a fin de ejercer aquellas facultades por las que podía hacer valer sus derechos y defender sus intereses en forma efectiva, ello, en correspondencia a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico II.1 de esta Disidencia, que establece que toda persona que sea sindicada por la comisión de algún delito o sanción, tiene asegurado el derecho a su defensa; que en su dimensión material, conlleva la posibilidad de intervenir en toda actividad procesal y en condiciones de igualdad con relación a otros justiciables; por lo que, comprende también los derechos a ser escuchado, a presentar pruebas y a recurrir, oponer excepciones e incidentes que resguardan los principios de especialidad de los juzgados en caso de adolescentes en conflicto con la ley.