Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2019-S2
Fecha: 05-Jun-2019
a)
Solicitó se conceda la tutela que impetra, y en consecuencia se disponga: a) Que la autoridad hoy demandada permita el ingreso libre a las oficinas de enlace del Municipio de Ayata (ubicadas en la av. Mariscal Santa Cruz, Edificio Esperanza, Piso 6 de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz), y, b) Entregue mediante notario de fe pública los activos fijos y la documentación que se encuentra en dichas dependencias (comprobantes de ejecución presupuestaria, respaldos contables, presupuestos operativos anuales, tacos de las chequeras de la cuenta municipal, estados financieros de las gestiones y otros).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 2)
- 3)
- la Constitución vigente desde 2009, ha incluido en la estructura protectiva de la acción de libertad el derecho a la vida, ello en sí significa una ampliación del rango procesal de la acción de libertad
- corresponde establecer la noción protectiva de la acción de libertad en relación al derecho a la vida, precisando que cualquier situación de vulneración del derecho a la vida será conocida a instancias de las acciones de amparo constitucional o de libertad indistintamente
- vida
- libertad de circulación
- existe una clara distinción entre el derecho a la libertad física o personal, y el derecho a la libertad de circulación
- El derecho a la circulación
- es posible tutelar también al último de los nombrados, en aquellos casos en los que el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud
- III.3. Análisis del caso concreto
- se encuentra ya asumiendo funciones
- CONFIRMAR