SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2019-S2
Fecha: 05-Jun-2019
III.3. Análisis del caso concreto
De los antecedentes que informan del caso se tiene que el accionante, cuestiona que desde que retomó sus funciones como Alcalde del Gobierno Municipal de Ayata del departamento de La Paz, la -autoridad demandada-que interinamente ejercía dicho cargo-, viene incumpliendo su compromiso y obligación de hacerle entrega de la oficina de enlace municipal -ubicada en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz- y los documentos que ahí se encuentran, manteniendo dicha dependencia cerrada con candado. En tal mérito, a pesar de que cumple sus funciones en la oficina que se encuentra en la Capital del precitado Municipio; empero, acusó que privación de acceso señalada, limita su derecho a la libre locomoción, a su vez le imposibilita trabajar y percibir un salario necesario para su sustento, por lo que inclusive su vida se encontraba en peligro. Por tales razones, solicitó que concediéndole la tutela, se disponga: Que la autoridad demandada permita el ingreso libre a las oficinas de enlace del Municipio de Ayata; y, entregue -mediante Notario de Fe Pública- los activos fijos y la documentación que se encuentra en dichas dependencias.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 2)
- 3)
- la Constitución vigente desde 2009, ha incluido en la estructura protectiva de la acción de libertad el derecho a la vida, ello en sí significa una ampliación del rango procesal de la acción de libertad
- corresponde establecer la noción protectiva de la acción de libertad en relación al derecho a la vida, precisando que cualquier situación de vulneración del derecho a la vida será conocida a instancias de las acciones de amparo constitucional o de libertad indistintamente
- vida
- libertad de circulación
- existe una clara distinción entre el derecho a la libertad física o personal, y el derecho a la libertad de circulación
- El derecho a la circulación
- es posible tutelar también al último de los nombrados, en aquellos casos en los que el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud
- III.3. Análisis del caso concreto
- se encuentra ya asumiendo funciones
- CONFIRMAR