SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la lesión de sus derechos de acceso a la función pública y al debido proceso, en sus vertientes de defensa, de fundamento y motivación, de congruencia externa e interna, toda vez que, fue arbitraria y discrecionalmente inhabilitado por la Comisión Calificadora Departamental de Santa Cruz, dentro de la Convocatoria 32/2018, para Vocales de las Salas Constitucionales de los Tribunales Departamentales de Justicia; alegando que en el acta de verificación de los requisitos habilitantes, se limitaron a señalar la normativa incumplida sin hacer mención a los fundamentos de su decisión, para dar por no acreditada la presentación de las certificaciones emitidas por el Registro Público de la Abogacía. Interpuesto el recurso de impugnación adjuntando nuevamente los documentos extrañados, la referida Comisión dictó la Resolución 003/2018, ratificando su inhabilitación y fundando –recién en este estado del proceso– que los documentos que presentó, no llevaban firma de la autoridad respectiva y por lo tanto, eran nulos. Circunstancias que vulneran sus derechos invocados, puesto que no tuvo conocimiento oportuno de los motivos por los que fue desplazado de la Convocatoria y por lo tanto, no pudo incorporarlos en su impugnación; ameritando que se declare la nulidad de las resoluciones emitidas en su contra, por faltar además, al principio de verdad material.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- deberán
- se publicará el número de cédula de identidad y el numeral del requisito incumplido motivo o causal de su inhabilitación
- podrán
- CONFIRMAR