SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S1

Fecha: 05-Jun-2019

1)

El accionante mediante su abogado ratificó íntegramente la demanda planteada y ampliando la misma, manifestó que: 1) El 4 de “enero” -siendo lo correcto diciembre- de 2017, recibió memorándum que no está contemplado por la Ley General del Trabajo vulnerándose el fuero sindical que gozaba al ser dirigente sindical; 2) Debió existir un proceso interno previo al despido para poder defenderse lo que no aconteció, por lo que puso a conocimiento del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social su situación, instancia que emitió conminatoria de reincorporación que fue incumplida por COTECO Ltda.; y, 3) Presentó solicitud de cancelación de sueldos, ya que se le estaría adeudando diez meses de salarios devengados; por lo que solicita se conceda la tutela, se lo reincorpore a su fuente laboral y se cancelen sus haberes vencidos a la fecha.

De lo expuesto precedentemente, se tiene que gozar de fuero sindical no implica que el trabajador no pueda ser objeto de despido, sino que para que ello no resulte ilegal y vulnere derechos y garantías constitucionales, el empleador debe: 1) Demostrar la existencia de una justa causa -de conformidad con lo establecido por el art. 16 de la LGT; y, 2) Demandar el desafuero ante el Juez de Trabajo quien de forma implícita se encuentra compelido a verificar la existencia de la causa justa.