SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S1

Fecha: 05-Jun-2019

Fragmento 19

En ese sentido, se tiene que ante la observación realizada a esta acción tutelar mediante decreto de 29 de marzo de 2018, que fuere subsanada por el accionante el 5 de abril de igual año (fs. 14 vta.), recién por Auto de 12 del referido mes y año se admitió la acción de amparo constitucional (fs. 17),  señalando audiencia para el 16 de similar mes y año; es decir, que tanto en la admisión -previa subsanación- como en el señalamiento de la audiencia se incumplieron los plazos procesales establecidos en el art. 56 del Código Procesal Constitucional (CPCo).