SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2019-S4
Fecha: 18-Jun-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega la lesión de su derecho al debido proceso en su elemento debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales; puesto que, dentro del proceso penal que siguen como Ministerio Público contra Edson Fidel Benjin Gonzáles y otra, los Vocales demandados, mediante Auto de Vista de 19 de noviembre de 2018, revocaron indebidamente el fallo del juez a quo, sin verificar el cumplimiento de lo previsto por el art. 239.1 del CPP en relación a la prueba aportada y que las afirmaciones de la defensa del imputado en audiencia reflejan la concurrencia de los riesgos procesales previstos por el art. 235.1 y 2 del CPP, basándose dicho fallo en un Proyecto de Ley y omite tomar en cuenta la motivación establecida en un anterior Auto de Vista de 29 de mayo del señalado año –que mantuvo la detención preventiva del imputado– y sin fundamentación dispuso la cesación a la detención preventiva del imputado, determinando la aplicación de medidas sustitutivas y su libertad, pese a no haberse modificado desde entonces la situación del imputado.
- Mirael Salguero Palma
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión,
- Fragmento 15
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- La jurisprudencia señaló que el debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales, jurisdiccionales y administrativas, y constituye una garantía de legalidad procesal prevista por el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales o administrativas
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR