SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

III.1. Respecto al principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional

Asimismo, la SC 1353/2003-R de 16 de septiembre, indicó que el plazo de seis meses se interrumpe con la interposición de un recurso constitucional; luego, la SC 0814/2006-R de 21 de agosto, aclaró que el cómputo del plazo se suspende durante la interposición y tramitación del referido recurso constitucional, y luego, se reinicia a partir de la notificación con la resolución o sentencia constitucional.