SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

II.2.

II.2. El 26 de octubre de 2015, la Hilandería de Trabajadores Bolivianos S.A. (HILTRABOL S.A.) suscribió un -Convenio Principal de Compraventa de Bien inmueble y de Bienes Muebles y Pertenencias-, representado por Edgar Ramos Quispe, Tours Ramiro Suzaño Miranda y Armando Mamani Poma -hoy demandados- con los compradores Víctor Ramiro Gutiérrez Siles y Néstor Alfonso Molina Vargas -ahora impetrantes de tutela-, para la venta del lote de terreno y construcciones civiles e industriales, el lote de terreno con una superficie de 22 674,26 m2 sito en la av. Hilbo 3408, de la Zona Zenkata, Lote en Bruto Área Urbana, Distrito 2; y, las construcciones e industriales civiles con una superficie de 9 273 m2, ambos con Registro Catastral 280427001 de 16 de marzo de 2012, e inscrito en el Registro de DD.RR. de El Alto del departamento de La Paz, bajo la Matrícula Computarizada 2.01.4.01.0196708; con la modalidad de compra de activos mediante pago de algunos pasivos (fs. 13 a 16 vta.).