III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la lesión de sus derechos a la libertad física y de circulación; puesto que los demandados acompañados de una muchedumbre de gente -luego de concluir la sesión ordinaria del Concejo Municipal de Vinto del departamento de Cochabamba a horas 11:15-, cerraron las puertas de salida con un “living”, manifestándoles que deben renunciar a sus cargos y dar alternancia a su curul si pretendían salir, manteniéndoles en cautiverio durante tres días sin servicios básicos (agua y alimentación) ni comunicación en su interior. Asimismo, cuando intentaron presentar nota de justificación para no asistir a una posterior sesión, el Concejo Municipal mencionado se encontraba tapiado y sin personal, imposibilitando su derecho a la circulación en su interior, enterándose que se llevó a cabo la misma en la plaza principal, a la cual tampoco pudieron llegar debido a que las calles de acceso estaban obstruidas con bloqueos por seguidores de los demandados, lo que evidencia una violación a su libertad de locomoción y tránsito.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro
- III.2. La acción de libertad innovativa
- el propósito fundamental de la acción de libertad innovativa, tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción
- procede la acción de libertad -bajo la modalidad innovativa- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad; es decir, la amenaza al derecho a la vida, la privación de libertad, la persecución indebida o, en su caso el indebido procesamiento vinculado con el derecho a la libertad física o personal
- sino también de advertir a la comunidad en su conjunto, sean autoridades, servidores públicos o personas particulares, que las conductas de esa naturaleza contravienen el orden constitucional y, por consiguiente, son susceptibles de sanción
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- 1º REVOCAR
