Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0593/2019-S2
Fecha: 24-Jul-2019
II.4.
II.4. Se tiene la Resolución Ministerial (RM) 074/2019 de 21 de enero, suscrita por el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante el cual, se resolvió el recurso jerárquico interpuesto por la Empresa Industria Químico Farmacéutica SIGMA CORP S.R.L. en el que se determinó confirmar totalmente la Resolución Administrativa (RA) 418 de 27 de noviembre de 2018 y consecuentemente confirmar totalmente la Conminatoria de Reincorporación MTEPS/JDTCBBA/N° 090/2018 de 22 de octubre, ambas emitidas por la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba (fs. 64 a 66 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 11
- III.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y el estándar jurisprudencial más alto
- Fragmento 13
- por una parte
- Por otra parte
- 2)
- 3)
- i)
- III.2. Respecto a la cesación del acto reclamado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la `verdad material´ sobre la verdad formal