La suscrita Magistrada muestra su discrepancia con la SCP 0284/2019-S3 de 11 de julio, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada muestra su discrepancia con la SCP 0284/2019-S3 de 11 de julio, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.

Fecha: 11-Jul-2019

c)

c) En el Auto Interlocutorio de 23 de marzo de 2018, no se contempló el       AC  0007/2015-O de 18 de febrero, que ordenaba a las partes acudir a la vía ordinaria a hacer valer sus derechos sobre el inmueble ubicado en la calle Sucre av. Senador Aramayo de la ciudad de Tupiza del departamento de Potosí; y,