La suscrita Magistrada muestra su discrepancia con la SCP 0284/2019-S3 de 11 de julio, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada muestra su discrepancia con la SCP 0284/2019-S3 de 11 de julio, por lo que en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.

Fecha: 11-Jul-2019

Fragmento 13

Por lo señalado, al tenerse que el “Auto de Vista 15/2019”, se encuentra fundamentada y motivada la misma no se constituye en acto lesivo que pueda vulnerar derechos y garantías constitucionales, consecuentemente debió confirmarse y denegar la tutela impetrada; sin embargo, la SCP 0284/2019-S3, no entendió en este sentido por lo que manifestamos la presente disidencia.