SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2019-S3
Fecha: 08-Jul-2019
a)
La parte accionante ratificó el memorial de acción de amparo constitucional y expresó que: a) Durante el proceso electoral hubo muchas irregularidades por cuanto no se contaba con un padrón; se dice que existen alrededor de 4404 colegiados, pero solo votaron 550 y muchos fueron habilitados con certificaciones emitidas en el acto; b) El “31 de octubre” se pretendió entregar la nota a la Secretaria del Ilustre Colegio Departamental de Abogados de Oruro, pero se manipuló para que la misma no trabaje durante tres días y no recepcione la solicitud; c) No se pidió un informe al Rector de la Universidad Técnica de Oruro (UTO), sino al Comité Electoral pero dicha petición no fue respondida durante un mes; d) La autoridad o persona demandada tiene la obligación de responder de manera pronta y formal a las peticiones; y las reiteradas veces que se apersonaron a Secretaría de dicho Colegio de Abogados para obtener una respuesta, la misma no fue emitida; y, e) El momento que se presentó la solicitud, los miembros del Comité Electoral se encontraban vigentes en ejercicio, por lo cual existe una coincidencia entre las personas que lesionaron el derecho a la petición y los actuales demandados que tienen plena legitimación pasiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- Fragmento 12
- III.1. El derecho a la petición y el deber de otorgar respuesta formal y oportuna
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución, lo que significa que el Estado está obligado a resolver la petición. Sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa
- no queda satisfecha con una mera comunicación verbal, sino que es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada
- III.2. A
- CONFIRMAR