SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2019-S3

Fecha: 15-Jul-2019

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Vigésimo Quinto de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 01-19 de 31 de enero de 2019, cursante de fs. 165 vta. a 170 vta., concedió la tutela solicitada, revocando la Resolución Fiscal Departamental FLM 391/18 y dispuso que “…JOSÉ CENTENARO CARDOZO en calidad de Fiscal más antiguo…” (sic), dicte nueva resolución de manera fundamentada y congruente, en base a los siguientes fundamentos: i) Una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos así como la fundamentación legal y motivación que sustente la parte dispositiva, dejando certeza a las partes procesales que se obró conforme a la normativa vigente, de igual forma una debida motivación que conlleva a que el fallo sea conciso, claro e íntegro en todos los puntos demandados, donde la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, exponga en forma clara las razones que justifican su decisión, exigiendo plena coherencia y concordancia entre la parte motivada y la dispositiva, acorde a las SSCC 0418/2000-R, 1358/2003-R y 2023/2010-R; y, la SCP 0761/2013; y, ii) la Resolución cuestionada, no expresó de forma clara y concisa las razones que fueron consideradas para estimar que la Resolución Fiscal de Rechazo cuente con insuficiente fundamentación, limitándose únicamente a señalar que existe carencia de ella, sin considerar lo ampliamente expuesto, refiriendo de forma contradictoria que “…existe una opinión al respecto…” (sic.), evidenciándose incongruencia y falta de claridad que permita a las partes comprender la razón de la decisión asumida, vulnerando así el debido proceso.