SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2019-S3

Fecha: 15-Jul-2019

llamar la atención al Juez de garantías

         Correspondiendo por todo lo expuesto llamar la atención al Juez de garantías, al establecer una dilación exagerada en la tramitación de la presente causa, en un principio por la falta de notificación a las partes procesales, y posteriormente ante la omisión de la determinación de fecha para la realización la audiencia de esta acción tutelar; toda vez que, el control y cumplimiento del carácter perentorio de los plazos y formalidades de las acciones de defensa, es una obligación para los jueces o tribunales de garantías, en observancia al principio de impulso de oficio y celeridad dispuesto en los arts. 3.3 y 4 del CPCo.