SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2019-S3

Fecha: 19-Jul-2019

El principio de ‘plazo razonable’ al que hacen referencia los artículos 7.5 y 8.1 de la Convención Americana tiene como finalidad impedir que los acusados permanezcan largo tiempo bajo acusación y asegurar que ésta se decida prontamente”

           Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del Caso Suárez Rosero Vs. Ecuador, de 12 de noviembre de 1997, precisó que: “74. El principio de ‘plazo razonable’ al que hacen referencia los artículos 7.5 y 8.1 de la Convención Americana tiene como finalidad impedir que los acusados permanezcan largo tiempo bajo acusación y asegurar que ésta se decida prontamente”, en similar sentido en el Caso Valle Jaramillo y otros vs. Colombia, de fecha 27 de noviembre de 2008, destacó que: “154. (…) el derecho de acceso a la justicia implica que la solución de la controversia se produzca en tiempo razonable, ya que una demora prolongada puede llegar a constituir, por sí misma, una violación de las garantías judiciales”.