SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2019-S3
Fecha: 24-Jul-2019
denegó
El Juez de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 07/2019 de 14 de marzo, cursante de fs. 35 a 36 vta., denegó la tutela solicitada, indicando que “Las costas ha ser calificadas en revisión del Presente Fallo por nuestro Tribunal Constitucional Plurinacional” (sic), en base a los siguientes fundamentos: a) El accionante a pesar de su notificación no se hizo presente en audiencia; b) Los demandados tampoco asistieron; c) El peticionante de tutela se encuentra en la obligación de demostrar con pruebas la vulneración de sus derechos; d) En aplicación de la SC 0066/2010-R de 3 de mayo, corresponde denegar la tutela; y, e) La falta de prueba, se constituye en causal de improcedencia de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- serán incluso extensibles a los procesos o acciones constitucionales de defensa, como son las acciones de amparo constitucional, libertad, privacidad, cumplimiento y popular
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- REITERA POR CUARTA VEZ NUEVA DE AUDIENCIA DE CESACIÓN A LA DETENCIÓN PREVENTIVA
- Fragmento 17
- III.4. Otras consideraciones
- 1°
- 2°