Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2019-S3
Fecha: 24-Jul-2019
II.3.
II.3. Mediante escrito presentado esta última fecha, el impetrante de tutela solicitó a la autoridad demandada, nuevo día y hora de audiencia de cesación de la detención preventiva, la que por decreto de 31 de enero del indicado año, fue establecida para el 7 de febrero de igual año (fs. 7 a 9 vta.); misma que fue suspendida para el 21 de precitado mes y año, ante la falta de secretaria del Juzgado (fs. 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- serán incluso extensibles a los procesos o acciones constitucionales de defensa, como son las acciones de amparo constitucional, libertad, privacidad, cumplimiento y popular
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- REITERA POR CUARTA VEZ NUEVA DE AUDIENCIA DE CESACIÓN A LA DETENCIÓN PREVENTIVA
- Fragmento 17
- III.4. Otras consideraciones
- 1°
- 2°