Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 1/2019 de 18 enero, cursante de fs. 100 a 114 vta., pronunciada por la Jueza Pública de Familia Quinta del departamento de Chuquisaca, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El proceso oral agrario. Mecanismos de impugnación
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
- el juez o tribunal, dentro de un procedimiento judicial, emitirán su fallo exponiendo con claridad los motivos en los cuales sustentan su decisión, con la finalidad de dejar certeza a las partes actoras del litigio que se obró conforme a la normativa legal vigente
- toda resolución necesariamente debe estar motivada y fundamentada, respetando además el principio de congruencia que se constituye en componente de la garantía del debido proceso
- III.3. Protección reforzada a grupos vulnerables (adultos mayores)
- que tienen los ancianos a tener ‘acceso a los servicios sociales y jurídicos,
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR