Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0472/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
II.1.
II.1. Cursa el Título Ejecutorial TIOC-NAL-000167 de 25 de agosto de 2015; emitido dentro del expediente TIOC07070001, en favor de las Comunidades Capitanía Takovo-Mora A.P.G., clase colectivo, titulado como territorio indígena originario campesino, correspondiente a la parcela 019 TCO Takovo Mora, con una superficie de 3 3075 ha, a título de dotación, ubicada en el municipio de Cabezas, provincia Cordillera, del departamento de Santa Cruz, Título Ejecutorial inscrito en las Oficinas de DD.RR. con la matrícula computarizada 7070300000292, bajo el Asiento A-1 de 24 de febrero de 2016 (fs. 4 y vta.; y, 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- a)
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia;
- 1)
- dispuso las siguientes subreglas procesales de activación
- i)
- III.3. Análisis del caso concreto
- constituyen medidas de hecho contrarias al orden jurídico establecido.
- La carga de la prueba, tendiente a demostrar los actos vinculados a medidas o vías de hecho, debe ser cumplida por el accionante, quien debe acreditar la existencia de los mismos de manera objetiva
- REVOCAR
- MAGISTRADO