Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 13/2019 de 13 de febrero, cursante de fs. 129 a 132 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Sergio Vicente Rivera Renner en representación sin mandato de Elmer Suxo Espinoza contra Virginia Regina Santa Cruz Silva, Jueza de Instrucción Penal Novena; Sebastián Marcelo López Guzmán, Fiscal de Materia adscrito a la Fiscalía Corporativa de Delitos Patrimoniales; y, “Magario Condori”, Funcionario Policial; todos, del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- Fragmento 18
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada.
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional»’
- III.3. Análisis del caso concreto
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- En cuanto a los actos indebidos de investigación realizados por el Fiscal de Materia codemandado
- CONFIRMAR