SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2019-S1

Fecha: 22-Jul-2019

c)

c)   En virtud a la independencia jurisdiccional, el régimen disciplinario se ve impedido de analizar en qué circunstancias el Tribunal jurisdiccional respectivo ha declarado la ilegalidad de la excusa y así ha delineado el Consejo de la Magistratura en la Resolución 231/2015 de 13 de julio; asimismo, el art. 106 del Acuerdo 109/2015 señala que si la denuncia disciplinaria tiene por objeto que el Juez o Tribunal Disciplinario revise decisiones jurisdiccionales, en virtud del respeto a la independencia jurisdiccional, deberá rechazarse mediante resolución fundamentada, en tal sentido el Juez de primera instancia y el Tribunal de alzada se ven impedidos de valorar decisiones jurisdiccionales;