Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2019-S1
Fecha: 22-Jul-2019
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La impetrante de tutela considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación, valoración probatoria y aplicación correcta del ordenamiento jurídico, a la defensa y a no ser condenado sin antes no haber sido oído; citando al efecto los arts. 115.II, 117.I, 128 y 129 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- debidamente fundado y motivado
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- e)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte