SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2019-S2

Fecha: 17-Jul-2019

En aquellos casos que el trabajador despedido

Siguiendo éste razonamiento, que fue asumido por el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la SCP 0918/2013 de 20 de junio, se determinó que: “…En aquellos casos que el trabajador despedido por causas no contempladas por el art. 16 de la LGT, en lugar de buscar su reincorporación busque el pago de sus beneficios sociales, deberá acudir a la jurisdicción laboral conforme lo establece el art. 73 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) en su numeral 4 que establece entre las competencias de las juezas y jueces en materia de Trabajo y Seguridad Social, el “Conocer y decidir acciones individuales o colectivas, por derechos y beneficios sociales” (énfasis añadido).