SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2019-S2

Fecha: 17-Jul-2019

II.5.

II.5.    Por memorial presentado el 10 de octubre de igual año, Goldy Ribera Camiña, contestó la alzada, invocando que la impetrante no fundamentó de forma clara y precisa los agravios sufridos, efectuando únicamente una relación de hechos del proceso, citando jurisprudencia constitucional referente a la congruencia, motivación y fundamentación; debiendo considerarse que el fallo de primera instancia fue resuelto respetando la normativa y procedimiento establecidos al efecto, valorando toda la prueba ofrecida, existiendo congruencia en todo el curso del proceso y de la Resolución dictada, habiéndose definido que la peticionante de tutela adecuó su conducta a la falta disciplinaria prevista en el art. 187.14 de la LOJ, referido en el Auto de Inicio de investigaciones; no habiéndose lesionado por ende, el debido proceso, en sus vertientes fundamentación y motivación (fs. 131 a 132).