SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2019-S2

Fecha: 24-Jul-2019

i)

En efecto, en el caso concreto, se procederá al análisis del Auto de Vista 238, emitido por los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados-, a objeto de verificar si es evidente lo denunciado en esta acción tutelar. Para ello, es necesario remitirse a los puntos expuestos como agravios en el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante que alegó: i) En el presente proceso, no hay ningún vehículo; por lo cual no se puede ordenar la devolución de un motorizado, ya que el mismo cuya entrega se dispone, con base en una resolución administrativa, dentro de un proceso administrativo, propio de la ANB, en cumplimiento a lo señalado en la Ley General de Aduanas y la Ley de Procedimiento Administrativo; por lo cual, la autoridad jurisdiccional, no tiene competencia para resolver en relación a ese vehículo, puesto que su captura, fue en cumplimiento a una resolución administrativa, no judicial; ii) La Resolución impugnada, se la emitió sin realizar una fundamentación exhaustiva del caso, revisando cada uno de los elementos probatorios ni valorar cada fundamento planteado por el Ministerio Público y la ANB, al momento de contestar el incidente planteado; y, iii) No se pronunció sobre los aspectos referidos, careciendo de la motivación, fundamentación y congruencia que debe contener toda resolución, desconociendo la facultad administrativa sancionatoria de la ANB.