Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2019-S2
Fecha: 24-Jul-2019
II.7.
II.7. Por memoriales de 3, 30 de abril y 11 de mayo, todos de 2018, Arnildo Eloy Montero Artundiaga solicitó a la ANB la devolución de su vehículo, que mereció el Proveído AN-SCRZI-SPCCR-PRO-136/2018 de 30 de mayo, por el que le hacen conocer que no corresponde lo solicitado, en razón a que con anterioridad al inicio del proceso penal, seguido por los delitos de falsificación de documento aduanero y otros, se encontraba dicho motorizado intervenido con la Resolución Sancionatoria AN-ULEZR-RS 51/010, que dispuso declarar probada la comisión de contrabando contravencional, y con ello la captura del mismo, determinación que se encuentra ejecutoriada (fs. 108 a 112).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- 1)
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- [3]
- [6]
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- i)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- [2]
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)