Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2019-S2
Fecha: 24-Jul-2019
II.5.
II.5. El 18 de enero de 2018, funcionarios de la Unidad de Control Aduanero, durante el control y verificación rutinaria, de mercancías y medios de transporte, identificaron a la camioneta marca Nissan, tipo Navarra, modelo 2009, que no se encontraba registrada en el Sistema “FRV" y cuyo conductor no portaba la documentación legal de importación de la misma, fue comisada, emitiéndose el Acta de Intervención SCRZI-C-0017/2018 de 18 de enero, que fue anulada, a través de la RA SCRZI-SPCC-RC 16/2018 de 14 de febrero, al contar dicha camioneta con Resolución Sancionatoria AN-ULEZR-RS 51/010 (fs. 51 a 61).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- 1)
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- [3]
- [6]
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- i)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- [2]
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)