Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2019-S1
Fecha: 24-Jul-2019
Mario Antonio Yaffar de la Barra
En revisión la Resolución 55/2019 de 12 de febrero, cursante de fs. 448 a 450 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mario Antonio Yaffar de la Barra en representación de la Sociedad Industrial y Comercial “La Francesa” Sociedad Anónima (S.A.) (SICLaF) contra Carmen Soledad Chapetón Tancara, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de El Alto del departamento de La Paz.
- Mario Antonio Yaffar de la Barra
- DOTACIÓN DE ALIMENTO COMPLEMENTARIO LOCALIZACIÓN
- a).
- 1)
- solicitud de inclusión al SENASAG
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- A través de este principio se obtiene la concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal; quedando entendido que los mismos no pueden modificar el petitorio ni los hechos planteados en la demanda
- ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución
- 'citra petita', conocido como por 'omisión' en la que se incurre cuando el Tribunal no se pronuncia sobre alguno de los pedimentos que le han sido planteados, etc
- Fragmento 14
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos supremos, vale decir
- la motivación no implicará la exposición
- fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales o administrativas
- III.3.Análisis del caso concreto
- debido proceso en su vertiente de congruencia
- falta de motivación
- que establece
- 2)
- 3)
- 4)
- CONFIRMAR en todo