SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0633/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0633/2019-S1

Fecha: 30-Jul-2019

II.2.

II.2.    De la Publicación “Documentos y Resoluciones” del XXXII Congreso Nacional Minero Ordinario de la FSTMB, realizado en San Cristóbal-Potosí del 14 al 21 de diciembre de 2015, impresa en mayo del 2016, se tiene que dentro del informe de la comisión de asuntos sociales y culturales, en el inc. j) referido a la UNSXX, se aprobó el informe de la gestión rectoral 2012 a 2015 y a su vez se resolvió el “Veto a todos los autores de los hechos vandálicos de la quema de ánforas y pisoteo del guarda tojo en claustro universitario del mes de mayo/2015…” (sic) figurando una lista en las que se incluye a los impetrantes de tutela incluida la menor de edad NN; asimismo, en las Resoluciones y Recomendaciones del Presídium del citado Congreso, en la Resolución Expresa 4, se resolvió: “ARTÍCULO 1°: Que; el nuevo CEN de la F.S.T.M.B. Debe convocar con carácter de urgencia al Ampliado Nacional Minero para tratar de manera exclusiva la problemática de la UNSXX. ARTÍCULO 2°: Se ratifica el veto a todos los autores de los hechos vandálicos de la quema de ánforas y pisoteo del guardatojo en el Claustro Universitario de la UNSXX del mes de mayo de 2015, de acuerdo a la nómina existente en el informe de la Comisión Social y Cultural” (sic [fs. 169 a 269]).