Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2019-S1
Fecha: 31-Jul-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los peticionantes de tutela, ratificaron in extenso el memorial de su acción de amparo constitucional y en audiencia ampliando, indicaron que con relación a la reparación de daños y perjuicios, el parámetro en el que se basa la suma solicitada es por el producto que se comercializa, haciéndose una cuantificación del producto bruto y líquido ganable y la cantidad de los socios, así como el tiempo, que es desde marzo de 2017 hasta la “fecha” y el rédito mensual que reciben los socios es de “…3.500 a 4.000 dólares americanos…” (sic) y el mineral que se comercializa es oro y se vende por kilo y no por gramo que vale Bs350.- (trescientos cincuenta bolivianos).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. La acción de amparo constitucional y el cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- Fragmento 23
- 2° Llamar la atención