Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0666/2019-S2
Fecha: 08-Ago-2019
II.3.
II.3. Mediante testimonio judicial expedido por el Juzgado de Partido Mixto y Sentencia Penal de Uncía del departamento de Potosí, se evidencia la posesión judicial a Williams Guzmán Romero, Alcalde Municipal de Chayanta, sobre el inmueble ubicado en la zona Sicoya entre calles Bolivar y Comercio, en el municipio de Chayanta, con una superficie de 21 595 39 m2, inscrito en el Registro Público DD.RR. con la matricula 5.02.2.01.0000217, acto judicial realizado el 11 de mayo de 2017 (fs. 171 a 184).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 4)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 13
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- III.5. Análisis del caso concreto
- ubicado entre las calles Comercio y Bolívar, sin consignar superficie
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- Fragmento 27
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas