SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2019-S3
Fecha: 23-Ago-2019
Fragmento 25
Por su parte la SC 0980/2010-R, confirmada por la SCP 0512/2017-S2 de 22 de mayo, expresó lo siguiente: “El derecho a ejercer una función pública se encuentra íntimamente ligado al derecho a la ciudadanía, que estaba previsto en el art. 40 de la CPE abrg y que ahora en la Constitución vigente se encuentra en el art. 144, normas en las que se establecen los dos elementos constitutivos de la ciudadanía: en primer lugar consiste en el derecho de concurrir como elector o como elegible a la formación y el segundo es el derecho al ejercicio de funciones en los órganos del poder público; y como consecuencia de ello se establece el derecho de ejercer las funciones públicas sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas por ley”.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1.
- Facultad legislativa.
- Facultad reglamentaria.
- Fragmento 19
- III.2.
- Fragmento 21
- para la protección inmediata
- III.3. Derecho a ejercer la función pública
- y que también implica, una vez que se ejerce el cargo, el derecho a ejercer materialmente ese cargo, no sólo como derecho constitucional, sino como una realidad fáctica que satisfaga las necesidades económicas y laborales del ciudadano electo.
- Fragmento 25
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR