SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2019-S3

Fecha: 23-Ago-2019

III.1.

La Constitución Política del Estado, tiene una naturaleza principista y axiológica, cuya materialización, se constituye en un fin esencial del Estado Boliviano, donde realza la estructura del régimen autonómico como una directriz esencial para implementar y consolidar los diferentes tipos de autonomía, en ese marco en el art. 1 señala que: “…Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías…”, de la misma forma el art. 270 del mismo cuerpo normativo, hace referencia a los principios que rigen a la organización territorial autónoma; empero, es en el art. 272 donde se establece que la autonomía implica la facultad legislativa, reglamentaria en el ámbito de la jurisdicción y competencia, señalando que: “La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones”.