SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2019-S3

Fecha: 26-Ago-2019

a)

El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido del memorial de acción de amparo constitucional presentado y ampliándolo expresó que: a) No existió hecho superado, porque no hubo respuesta concreta a las peticiones; por cuanto, los informes remitidos a la Defensoría del Pueblo, no son válidos al no haber absuelto los puntos solicitados, explicando las razones por las que no se le canceló; y, b) Para aplicar la teoría del hecho superado, los aludidos informes tendrían que decir que “…ya se ha insertado en el POA del año 2019 para que se haga la cancelación y es esa la respuesta y eso no existe…” (sic), considerando que las solicitudes presentadas son claras; reiterando en consecuencia, se conceda la tutela.