Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
Celebrada la audiencia pública el 12 de marzo de 2019, conforme consta en el acta cursante de fs. 164 a 169, presentes Charles Fernando Mejía Cardozo, representante legal del accionante, y las demandadas Carla Cecilia Ortiz Quezada y Claret Llanos Martínez, las representantes legales de los terceros interesados, ausente el codemandado Carlos Bello Ruiz, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- III.2. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal casacional ni supletoria que forme parte de las vías legales ordinarias. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR