SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2019-S4

Fecha: 14-Ago-2019

II.

II.4.    Mediante Auto Definitivo 06/2018 de 11 de diciembre, Carla Cecilia Ortiz Quezada, Claret Llanos Martínez y Carlos Bello Ruiz, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Beni, homologaron la Resolución Administrativa 007/2018; y, como efecto de la misma declararon extinguida la acción penal a favor de William Aponte Egüez (fs. 49 a 50).

II.8.    A través del memorial presentado el 16 de enero de 2019, María Eugenia Ríos Caballero, solicitó la nulidad de la orden de suspensión de anotaciones preventivas de los inmuebles de propiedad del amnistiado –hoy accionante–, advirtiendo que no se puso a conocimiento de la víctima la solicitud de dicha suspensión de anotación de bienes, y afirmando que la extinción de la responsabilidad penal era irrelevante y no impedía la pretensión civil (fs. 402 a 403 vta.).

II.9.    Mediante Proveído de 17 de enero de 2019, Carla Cecilia Ortiz Quezada, Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal Primera del departamento del Beni, dejó sin efecto el Decreto de 9 de enero del mismo año, reponiendo la inscripción y anotación preventiva ordenada mediante Resolución de 6 de septiembre de 2018, por el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de Trinidad, disponiendo la emisión de los respectivos Testimonios y Provisiones Ejecutorias, al amparo del art. 15 del Decreto Presidencial 3519 (fs. 404).

II.10. Por memorial presentado el 19 de febrero de 2019, el impetrante de tutela, pidió a la autoridad demandada que renueve el acto, y libre provisiones ejecutorias que dejen sin efecto las anotaciones preventivas. Solicitud que recibió respuesta negativa a través del Auto de 21 de febrero del mismo año, firmada por Carla Cecilia Ortiz Quezada, Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal Primera del departamento de Beni (fs. 445 a 450).

II.11. El memorial presentado el 25 de febrero de 2019, por el accionante, a través del cual plantea recurso de reposición contra el Auto de 21 de febrero del referido año; mereció el Auto de 27 del mismo mes y año, por el que, Carla Cecilia Ortiz Quezada, Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal Primera del departamento del Beni, resolvió ratificar la resolución impugnada, alegando que el recurso fue planteado de forma extemporánea, es decir fuera del plazo de las veinticuatro horas establecidas para la reposición (fs. 464 a 468).