SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2019-S4

Fecha: 14-Ago-2019

I.2.3. Intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia

Marco Antonio Baldivia Figueroa, Abogado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Caranavi del departamento de La Paz, por nota de 16 de octubre de 2018, cursante de fs. 176 a 177, hizo conocer que, en mérito a la orden instruida de 15 de octubre de 2018, expedida por el Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado de Partido de Sentencia Penal de Riberalta del departamento de Beni, en su actuación como Juez de garantías en la presente acción de defensa, por la que dispuso la siguiente medida precautoria: “La Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Caranavi con el auxilio de la FUERZA DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE CARANAVI hagan comparecer a la madre de los Menores –AA, DD y PP– y se suscriba un Acta de MEDIDA SOCIO PROTECTIVA que otorgue la Tenencia y custodia Provisional de tales menores a favor de DANIEL WILMER MAMANI PILLCO, hasta que se defina previo proceso legal y ante Autoridad Competente la Guarda Legal de los Citados Menores” (sic), la primera citación realizada a la madre de los menores se efectuó el 15 de octubre de 2018, a las 17:00, a la que no asistió JJ; la segunda citación se fijó para las 11:00 –se presume, del 16 de octubre de 2018-; la tercera citación para las 15:00, por cuanto JJ hizo conocer que sus hijos se encontraban en clases; el tío de los niños, se presentó a la hora referida acompañado de su abogada para realizar la medida socioprotectiva; empero, JJ se presentó sin su abogada rehusándose a realizar la referida determinación indicando que no estaba de acuerdo y que sus hijos no se iban ir con su tío, haciendo caso omiso a la orden judicial.