SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2019-S2

Fecha: 12-Ago-2019

para de esta manera no vulnerar el derecho a la defensa de la parte demandada

El accionante inobserva la profusa jurisprudencia constitucional respecto a la posibilidad de ampliar o modificar los hechos que motivan su acción de libertad. En tal mérito y de conformidad con lo desglosado en el Fundamento Jurídico III.1, a efectos de poder considerar en el presente análisis, los hechos nuevos denunciados, la única condición que el demandante de tutela debía cumplir, era observar que los mismos tengan conexitud con el hecho inicialmente demandado, para de esta manera no vulnerar el derecho a la defensa de la parte demandada; sin embargo, las nuevas acusaciones, se originan -por una parte- en la audiencia de medidas cautelares de 11 de abril de 2019 y la medida de detención preventiva dispuesta en su contra -al no tenerse por desvirtuados los riesgos y peligros procesales normativamente previstos-; y, por otra parte, se vinculan con la excepción de prejudicialidad y falta de acción que interpuso, su tramitación y la apelación que -según señaló- presentó el mismo día de la audiencia de consideración de la presente acción de libertad.