SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2019-S1

Fecha: 08-Ago-2019

BIENES

         Estableciendo como causal de terminación del contrato a requerimiento de  la entidad, por causales atribuibles al proveedor, entre otros, el incumplimiento injustificado del mencionado plazo de entrega, sin que el mismo adopte las medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y  la conclusión de la entrega, previa observancia del procedimiento contractual establecido en la cláusula vigésima 20.5., que establece que “La terminación total del contrato procederá para aquellos BIENES de una sola entrega, donde el incumplimiento no permita la ejecución de la relación contractual, a través de la entrega de una parcialidad del objeto de la contratación, ya sea por falta de funcionalidad de los BIENES u otros aspectos que considera la entidad…” (sic) siempre y cuando las fallas no sean subsanadas dentro de los diez días siguientes a la notificación al proveedor con la intención de resolución de contrato (fs. 15 a 22).